Se trata de una persona de 58 años de edad incluida en un ERE de extinción de la totalidad de plantilla (más de 190 trabajadores). En el acta final del periodo de consultas, con acuerdo, en procedimiento de despido colectivo se establece que:
CONVENIO ESPECIAL: Para los trabajadores mayores de 55 años, la empresa concertará un Convenio Especial hasta el mes en que la trabajadora cumpla los 63 años. La trabajadora cotizaba por 3.500.- Euros mensuales en los meses precedentes a la extinción de su contrato, y esa será la base de cotización del convenio.
ACTUALMENTE: La trabajadora ha solicitado prestaciones contributivas por desempleo, cuyo expediente está en fase de tramitación. La extinción se produjo el pasado 20/12/15. La prestación por desempleo tendrá una duración de 24 meses.
CONSULTA: La empleada está pensando iniciar una nueva actividad laboral por cuenta ajena con contrato a jornada completa, para la realización de un proyecto de unos 10 meses de duración, con un salario de unos 1.500.- Euros mes incluida prorrata de pagas extras.
¿Esta situación afectaría en el futuro, una vez concluyese el contrato de trabajo, a la vigencia o continuidad del Convenio Especial o a la base de cotización (3.500.- Euros) de dicho Convenio Especial?